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Los seres concientes forjan la historia (XIV)

Iván Ljubetic Vargas, historiador del Centro de Extensión e investigación Luis Emilio Recabarren, CEILER

CAPÍTULO XIV: Presidenta Bachelet promulga Ley Ricarte Soto

Con un emotivo homenaje al periodista Ricarte Soto, la Presidenta Michelle Bachelet promulgó este lunes 1 de junio de 2015 la ley que crea el sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo, inspirada en el fallecido comunicador. Este sistema cubrirá en un 100% el costo de las prestaciones relacionadas a los diagnósticos, tratamientos, medicamentos, alimentos y dispositivos de uso médico que estén cubiertos por esta ley. Dicha legislación beneficiará a todos los afilados a los sistemas de salud en Chile, es decir, Fonasa, Isapres, Fuerzas Armadas e independientes.

“Hoy es un día importante y emotivo también, porque se combinan la alegría de ver este anhelo cumplido con el justo reconocimiento y homenaje a la persona de Ricarte Soto por su lucha y hasta el último día de su vida, por visibilizar y activar a la sociedad en torno a la realidad de las personas que sufren enfermedades con diagnóstico y tratamiento de alto costo. Su lucha fue más que cubrir estos tratamientos, su cruzada convocó y sensibilizó a una ciudadanía completa, nos remeció a cada uno de nosotros”, dijo la Mandataria. Junto con destacar que se trata de una ley de origen “ciudadano” y que Chile vuelve a ser “pionero” –como hace 10 años cuando se implementó el plan Auge- al contar con un sistema de salud que garantiza derechos fundamentales a su población, la jefa de Estado además agradeció el trabajo hecho por el Congreso para despachar la iniciativa. Al mismo tiempo, Bachelet hizo una mención especial al rol que jugó la pareja del fallecido Ricarte Soto, la periodista Cecilia Rovaretti, en sacar adelante el proyecto. “Te doy las gracias no sólo a nombre del Gobierno, sino de las miles de familias que gracias a esta ley ven una luz de esperanza y un apoyo a donde antes no había nada”. Por su parte, Rovaretti aludió a lo rápido que avanzó este proyecto, pero llamó a no olvidar que se debe seguir trabajando para que este fondo crezca, se puede avanzar, y además de manera muy segura porque hay una base muy sólida. No hay vuelta atrás, nadie podrá desconocer el derecho adquirido que establece esta ley”, agregando que el fallecido comunicador estaría feliz con la nueva legislación.

Entra en vigencia Ley Ricarte Soto

El viernes 4 de diciembre de 2015 se publicó en el Diario Oficial el decreto que pone en operación la primera fase de regulación de la Ley 20.850, más conocida como “Ley Ricarte Soto”, entrando así en vigencia la legislación que cubre un total de 11 patologías de alto costo.

Aquellas personas que padecen alguna de estas enfermedades priorizadas en la Ley, tendrán la posibilidad de optar a una cobertura financiera y garantía de oportunidad a los tratamientos de alto costo con sistema de protección financiera de la ley Decreto número 532 exento, de 2015.

Tratamientos de alto costo

La ley se encuentra diseñada justamente para incorporar los tratamientos de alto costo de enfermedades poco frecuentes, los que por definición no cumplen los criterios del AUGE.

Un fondo total de $30 mil millones hasta el mes de diciembre son los que contempla la implementación de la “Ley Ricarte Soto” que cubrirá el costo de tratamientos basados en medicamentos, dispositivos médicos y alimentos de alto costo con efectividad probada.

Semanas previas a que comenzara a regir la Ley Ricarte Soto, desde el Minsal detallaron que la iniciativa beneficiará a cerca de 2.400 usuarios. Además, explicaron que algunas enfermedades que hasta ahora eran cubiertas por Fonasa pasan a formar parte de esta ley que para 2016 contará con un presupuesto de $60 mil millones.

Las 11 patologías cubiertas

1. Laronidasa como tratamiento para Mucopolisacaridosis Tipo I
2. Idursulfasa como tratamiento para para Mucopolisacaridosis Tipo II
3. Galsufasa como tratamiento para Mucopolisacaridosis Tipo VI
4. Nitisinona como tratamiento para Tirosinemia Tipo I
5. Abatacept o Rituximab para Artristis reumatoide refractaria a tratamiento habitual.
6. Fingolimod o Natalizumab para Esclerosis múltiple refractaria a tratamiento habitual
7. Taliglucerasa o Imiglucerasa como tratamiento para para enfermedad de Gaucher
8. Agalsidasa como tratamiento para la enfermedad de Fabry
9. Iloprost inhalatorio, Ambrisentar o Bosentan para Hipertensión arterial pulmonar grupo I
10. Plivizumab para profilaxis de virus respiratorio sincicial en prematuros con Displacia Broncopulmonar para menores de 32 semanas de edad gestacional y/o 1.500 gramos al nacer.
11. Trastuzumab para al Cáncer de mamas que sobreexprese el gen HER2

¿Qué cubre el sistema?

Se incorporarán al fondo sólo los medicamentos que sean seguros y efectivos para los pacientes según criterios científicos, económicos y sociales. El objetivo es entregar medicinas y alimentos de alto costo que tengan efectividad probada.

¿A quiénes beneficia?

Actualmente el Estado financia el tratamiento de aproximadamente 2 mil personas que sufren enfermedades poco corrientes de alto costo. Cuando el nuevo fondo entre en régimen (en el año 2018), su cobertura abarcará a 20 mil personas con un presupuesto de $200 mil millones de pesos.

Inicialmente se incorporarán los medicamentos de alto costo y poco frecuentes que son financiados por Fonasa y el beneficio se extenderá a beneficiarios de Isapres y FFAA.

¿Cómo acceder a los beneficios?

Al igual que con las patologías incluidas en el plan AUGE, las personas que padezcan enfermedades consideradas por la Ley Ricarte serán notificadas por su médico tratante.

Para quienes tienen otras enfermedades que no aparecen en la lista, como hipertensión o diabetes, existe otro beneficio llamado Fondo de Medicamentos.


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